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“El Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, informa que corresponde proceder a la renovación de sus consejeros integrantes para el periodo 2022 – 2024, los cuales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº 19.981, de Fomento Audiovisual, corresponden a las siguientes 17 personas, a saber:

 

a) El Subsecretario/a de las Culturas y las Artes o su representante, quien lo presidirá.

 

b) Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;

 

c) Un representante del Ministerio de Educación, que ejerza su función en una región distinta de la Metropolitana;

 

d) Un representante de la Corporación Fomento de la Producción (CORFO);

 

e) Un representante del Consejo Nacional de Televisión (CNTV);

 

f) Un representante de los Directores de Largometraje de Ficción, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

g) Un representante de los Directores de Otros Formatos Audiovisuales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

h) Un representante de los Directores y Productores de Documentales, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

i) Un representante de los Productores Audiovisuales designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

j) Un representante de los Actores o actrices de Audiovisual, designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

k) Un representante de los Técnicos de la Producción Audiovisual designado por la entidad de carácter nacional más representativa que los agrupe;

 

l) Tres representantes de la Actividad Audiovisual Regional, que desarrollen la actividad y residan en regiones distintas de la Metropolitana, designados por las organizaciones regionales más representativas de la actividad audiovisual;

 

m) Un representante de los Guionistas designado por el Subsecretario de las Culturas y las Artes; y

 

n) Dos Académicos de reconocido prestigio profesional en materias audiovisuales, propuestos por entidades de educación superior que gocen de autonomía y que impartan formación audiovisual,  designados por el Subsecretario de las Culturas y las Artes, debiendo uno de ellos pertenecer a una entidad de una región distinta de la Metropolitana.

 

En esta ocasión, el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual debe renovar a su consejero integrante designado por la entidad de carácter nacional más representativa de los Productores Audiovisuales y que los agrupe, de manera que convoca a todas las asociaciones respectivas a participar de este importante proceso, haciendo llegar, a más tardar el día 17 de diciembre del 2021 los siguientes antecedentes:

 

1.        Estatutos completos, con sus modificaciones (si hubiese), con certificado de vigencia. De ser una copia, debe tener la certificación que es fiel al original. 

2.-           Certificado de vigencia de personalidad jurídica de la entidad/gremio. (Se obtiene por internet en el registro civil). 

3.        Certificado donde se individualice el Directorio vigente de la entidad. (Se obtiene por internet en el registro civil). 

4.            Nómina de Socias/os actualizada. Debe venir certificada por el directorio de entidad/gremio y por una institución válida para estos fines (Ministerio de economía, Municipalidad correspondiente, etc)

5.            Breve descripción de la experiencia profesional de las y los asociados.

6.            Memoria o resumen de actividades en que conste la experiencia de entidad/gremio.

7.        Antecedente donde conste el domicilio actual de la organización (Ej. Copia de cuenta de luz, agua, etc);

 

Las consultas previas y antecedentes indicados deberán ser enviados mediante correo electrónico a susana.tello@cultura.gob.cl antes de las 17:00 hrs del día 17 de Diciembre del 2021

 

Se hace presente, que de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 19.981, de Fomento Audiovisual, los consejeros designados por las asociaciones de carácter nacional más representativas durarán dos años en el cargo, pudiendo ser designados para el periodo siguiente.

 

Asimismo, se hace presente que los consejeros que no sean funcionarios públicos tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a 8 UF por cada sesión a la que asistan con un tope de ocho sesiones por año, y que aquellos que además deban trasladarse fuera de su lugar de residencia para asistir a las sesiones tendrán derecho a percibir un viático equivalente al que corresponde a un funcionario grado 5 en la Escala Única de Sueldos.

 

De la misma manera, se hace presente que los consejeros deberán cumplir las normas de probidad y abstención de los artículos 54 y 55 de la Ley 18.575, y 12 de la Ley Nº 19.880.”

 

 
Ministerio de las Culturas, Las Artes y el Patrimonio Gobierno de Chile
Dirección Valparaíso: Plaza Sotomayor 233.
Dirección Santiago: Paseo Ahumada 48, Pisos 4,5,6,7,8 y 11.
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